Régimen sancionador durante el estado de alarma. En particular, los incumplimientos de los ciudadanos
Autor
Arteaga Martín, NoeliaFecha
2020Resumen
En este trabajo se pretende realizar un análisis de la regulación y aplicación del
régimen sancionador que se ha impuesto durante la vigencia de uno de los estados de
emergencia previstos en el artículo 116 de la Constitución Española, como ha sido el
estado de alarma.
En el aspecto más teórico he comenzado analizando la propia figura del estado
de alarma, por cuanto su declaración supone una legalidad excepcional que desplaza
durante su vigencia la legalidad ordinaria en vigor, en la medida en que viene a
excepcionar, modificar o condicionar durante ese periodo la aplicabilidad de
determinadas normas, entre las que pueden resultar afectadas leyes, normas o
disposiciones con rango de ley, cuya aplicación puede suspender o desplazar, y a mayor
abundamiento, y a los efectos que nos ocupan, cuando afecta a la potestad sancionadora
de las Administraciones Públicas y la necesaria seguridad jurídica que debe predicarse
de la actuación de éstas frente a los ciudadanos.
En la segunda parte del trabajo he realizado el régimen sancionador que se ha
impuesto mediante el Real Decreto 463/2020, por el que se declara el estado de alarma,
examinándolo a la luz de los principios que debe o debería atender, y a su vez haciendo
referencia a las distintas polémicas que ha suscitado su aplicación, precedidas, como no
puede ser de otra manera, por los incumplimientos y vulneraciones a la legalidad
vigente durante este periodo excepcional.
En una última parte he hecho referencia a otras cuestiones que del mismo modo
han surgido con ocasión de la aplicación del referido régimen sancionador, que ha
provocado la necesidad de nuevas interpretaciones de ciertos principios o instituciones
de nuestro ordenamiento jurídico, para así conciliarlas con la excepcionalidad que
caracteriza al estado de alarma. This work aims to analyze the regulation and application of the sanctioning
regime that has been imposed during the validity of one of the states of emergency
provided for Article 116 CE, such as the state of alarm.
In the more theoretical aspect, I have begun by analyzing the figure of the state
of alarm itself, in so far its declaration implies an exceptional legality, that displaces the
ordinary legality in force during its validity, in so far as it comes to exempt, modify, or
condition the applicability of certain rules during that period, among which may be
suspended or displaced, and to a greater extent, and to the effects that concern us, when
it affects the sanctioning power of the Public Administrations and the necessary legal
certainty that must be preached of the actions of these before the citizens.
In the second part of the work, I have carried out the sanctioning regime
imposed by the Royal Decree 463/2020, which declares the state of alarm, examining it
in the light of the principles that it must or should have attend to, and in turn making
reference to the various controversies that its application has provoked, preceded, as can
be expected, by the breaches and violations of the law in force during this exceptional
period.
In a final part I have referred to other issues that have also arisen in connection
with the application of the afore mentioned sanctioning regime, which has led to the
need for new interpretations of certain principles or institutions of our legal system, in
order to reconcile them with the exceptionality that characterizes the state of alarm.