Garantías del contribuyente frente a la valoración contradictoria de inmuebles del artículo 57.1. B) de la Ley General Tributaria
Fecha
2021Resumen
En el presente trabajo desarrollaremos los pronunciamientos jurisprudenciales existentes
hasta la fecha que tratan de determinar si el método de estimación por referencia a los
valores que figuren en registros oficiales de carácter fiscal, previsto en el art. 57.1 b) LGT,
puede por sí mismo, constituir un sistema válido de determinación del valor real, a los
efectos del cálculo del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas. Dicho asunto ha
generado una gran controversia y siendo objeto de un fuerte debate doctrinal ha llevado al
Tribunal Supremo a pronunciarse al respecto con el objetivo de unificar criterios,
salvaguardando los intereses del ciudadano ante el afán recaudatorio de la Administración
Tributaria.