La responsabilidad de las plataformas de economía colaborativa a la luz de la Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Información
Autor
Rodríguez García, NoraFecha
2021Resumen
Las plataformas de economía colaborativa juegan hoy un papel fundamental en el desarrollo
de las relaciones comerciales digitales, y con el nacimiento de este modelo de intercambio
se generan una serie de cuestiones jurídicas que el legislador nacional e internacional ha
preferido abordar de manera cautelosa. Se estudia en este trabajo el debate en torno a la
responsabilidad de los intermediarios a través del análisis de la Ley de Servicios de la Sociedad
de la Información y la dicotomía entre el intermediario digital y el proveedor de
servicios, analizando las dificultades existentes para su distinción y graduación de su régimen
de responsabilidad. Con la vista en la propuesta de Reglamento de Servicios Digitales, la
inexistencia de una legislación internacional vigente que abarque esta casuística implica que
se deba resolver mediante normas de Derecho Internacional Privado para subsumirse en la
legislación interna de cada país, aunque existen unos regímenes «generales» de responsabilidad
contractual y extracontractual, los cuales serán objeto de estudio de este artículo. Collaborative economy platforms now play a fundamental role in the development of digital
commercial relations and with the birth of this model of exchange, a series of legal questions
have arisen that national and international legislators have preferred to approach cautiously.
This paper examines the debate surrounding the liability of intermediaries through an
analysis of the Law on Information Society Services and the dichotomy between the digital
intermediary and the service provider, analysing the difficulties that exist in distinguishing
between them and graduating their liability regime. With a view to the proposed Digital
Services Regulation, the lack of current international legislation covering this casuistry
means that it must be resolved by means of Private International Law rules to be subsumed
in the domestic legislation of each country, although there are some “general” regimes of
contractual and non-contractual liability, which will be the subject of study in this article.