RT info:eu-repo/semantics/article T1 Incapacidad temporal y recaída: especial referencia a la sentencia del Tribunal Supremo de 24 de noviembre de 1998 A1 Díaz Rodríguez, Juan Miguel K1 Incapacidad temporal K1 Recaída K1 Baja AB Cuando el trabajador sufre una recaída de una incapacidad temporal anterior será dado debaja y podrá solicitar, nuevamente, la correspondiente prestación económica sustitutiva delsalario. Al tratarse de una recaída, se reanudará el procedimiento de la baja anterior. En casode que en la primera baja no se hayan cumplido los requisitos legales para cobrar la prestación económica por incapacidad temporal y en la recaída sí, se puede en ésta, según el Tribunal Supremo, obtener dicha prestación. PB Universidad de La Laguna. Servicio de Publicaciones SN 0075-773X YR 2005 FD 2005 LK http://riull.ull.es/xmlui/handle/915/18146 UL http://riull.ull.es/xmlui/handle/915/18146 LA es DS Repositorio institucional de la Universidad de La Laguna RD 08-nov-2024