RT info:eu-repo/semantics/article T1 El gravamen del 9% sobre el "ilícito comercio" en Canarias durante la primera mitad del siglo XVIII, 1708-1731 A1 Miranda Calderín, Salvador K1 Ilícito comercio K1 9% K1 Indulto al comercio enemigo K1 Canarias K1 Fiscalidad AB Conscientes los consejeros de Felipe V de la importancia del comercio durante la guerra de Sucesión española, lograron la concesión de un indulto a la prohibición de comercializar con géneros de naciones beligerantes. Para disfrutar del indulto los comerciantes debían pagar un tributo o derecho sobre las mercancías, principalmente inglesas, importadas en navíos propios, amigos y neutrales. En los puertos andaluces el denominado gravamen sobre el ilícito comercio osciló entre el 7 y el 10 %, y en Canarias fue inicial y fugazmente del 15 %, para estabilizarse en el 9 %. En las islas, antes del 9 %, el capitán general González Otazo implantó en 1704 y en su provecho dos tributos que gravaron el tráfico con Inglaterra. En el trabajo se analiza la innovadora imposición en la primera mitad del s. XVIII, cuyo efecto más ventajoso fue la posibilidad de exportar el vino malvasía al Norte en los propios navíos que traían la ropa y provisiones inglesas. SN 2695-4494 YR 2021 FD 2021 LK http://riull.ull.es/xmlui/handle/915/27275 UL http://riull.ull.es/xmlui/handle/915/27275 LA es DS Repositorio institucional de la Universidad de La Laguna RD 19-nov-2024