La inconstitucionalidad de los estados de alarma declarados durante la pandemia de la Covid19.
Autor
Pinyol Fuertes, RogerFecha
2022Resumen
La Covid 19 fue declarada pandemia mundial por la OMS en marzo de 2020. Ante la
situación de emergencia sanitaria inminente, el Gobierno de España declaró el estado
de alarma para la contención de los contagios, y muertes, que se estaban produciendo
en la ciudadanía española. La limitación, o suspensión, de la libre circulación de las
personas fue la principal medida que afectó a los derechos fundamentales garantizados
por nuestra Constitución Española y sirvió para limitar los contactos sociales de los
ciudadanos y ciudadanas.
Una vez finalizada la situación de anormalidad constitucional, y como consecuencia de
dos recursos de inconstitucionalidad, el Tribunal Constitucional declaró, parcialmente,
la inconstitucionalidad del estado de alarma por suspender derechos fundamentales en
lugar de limitarlos o restringirlos.
Estudiaremos las sentencias de inconstitucionalidad, así como los posibles mecanismos
que deben, o, mejor dicho, debieron utilizarse para la gestión de los contagios.
¿Estamos preparados, legal y constitucionalmente, para afrontar otra pandemia? Covid 19 was declared a global pandemic by the WHO in March 2020. In view of the
imminent health emergency, the Spanish Government declared a state of alarm to
contain the contagions and deaths that were occurring among Spanish citizens. The
limitation, or suspension, of the free movement of people was the main measure that
affected the fundamental rights guaranteed by our Spanish Constitution and served to
limit the social contacts of citizens.
Once the situation of constitutional abnormality was over, and as a consequence of two
appeals of unconstitutionality, the Constitutional Court declared, partially, the
unconstitutionality of the state of alarm for suspending fundamental rights instead of
limiting or restricting them.
We will study the judgments of unconstitutionality, as well as the possible mechanisms
that must, or rather should, have been used to manage the contagions. Are we legally
and constitutionally prepared to face another pandemic?