El derecho de huelga en los servicios esenciales para la comunidad.
Autor
Toste Afonso, LauraFecha
2024Resumen
Nuestro Estado Social y Democrático de Derecho está conformado por un
ordenamiento jurídico donde existen una serie de derechos considerados como
fundamentales. Este trabajo de fin de máster se centrará en abordar el estudio de
uno de ellos: el derecho constitucional de huelga. Este derecho se encuentra
establecido en el art. 28.2 de la Constitución Española y en el Real Decreto -Ley
17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo. Al estar recogido en esa parte
de la Carta Magna, es considerado como un derecho fundamental, cuyo límite
principal es el mantenimiento de los servicios esenciales para la comunidad, lo
cual requiere de la intervención de la autoridad gubernativa para declarar qué
servicios son esenciales y sobre ellos tomar las medidas garantizadoras para el
establecimiento de los servicios mínimos. Estos servicios mínimos pretenden
establecer una cobertura equilibrada entre los intereses y derechos de los usuarios
y el ejercicio del derecho de huelga por parte de los trabajadores Our Social and Democratic State of Law is made up of a legal system
where there are a series of rights considered as fundamental. This master's thesis
will focus on addressing the study of one of them: the constitutional right to
strike. This right is established in art. 28.2 of the Spanish Constitution and in
Royal Decree-Law 17/1977, of 4 March, on labour relations. Being included in
that part of the Magna Carta, it is considered a fundamental right, whose main
limit is the maintenance of essential services for the community, this requires the
intervention of the governmental authority to declare which services are essential
and on themto take the measures guaranteeing the establishment ofthe minimum
services. These minimum services aim to establish a balanced coverage between
the interests and rights of users and the exercise of the right to strike by workers.